Abierto el plazo para comunicar el nombramiento del Responsable del SII (canal de denuncias)

La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) ha dado un paso más en la operatividad del sistema de protección de informantes en España. Desde el 9 de febrero de 2026, ya está disponible en su sede electrónica el formulario oficial para comunicar los nombramientos y ceses del Responsable del Sistema Interno de Información (SII).

Esto activa, por fin, el plazo de dos meses previsto en la Ley 2/2023 para que las entidades obligadas realicen su notificación inicial, que deberá completarse entre el 10 de febrero y el 10 de abril de 2026. A partir de la notificación inicial, cualquier nuevo nombramiento o cese que se produzca después deberá notificarse en los diez días hábiles siguientes desde que se produzcan.

1. ¿Qué entidades están obligadas a notificar?

Según indica la AIPI, deben notificar:

  • Las entidades privadas sujetas a la Ley 2/2023 que tengan establecimientos en más de una Comunidad Autónoma.
  • Las que operen en una sola Comunidad Autónoma sin autoridad autonómica competente en materia sancionadora del título IX de la Ley.

Fuera de estos supuestos, la notificación es voluntaria, aunque la AIPI recomienda realizarla igualmente.

Además, en los grupos de empresas, incluso si existe un único responsable del sistema, cada entidad debe presentar su propia comunicación, acompañada del acuerdo de nombramiento o cese correspondiente, expresando la identidad de la empresa matriz o entidad de control.

2. ¿Qué información debe aportarse?

Entre los datos a aportar destacan:

Sobre el responsable del sistema:
  • Nombre, documento identificativo y correo electrónico.
  • Indicación de si compatibiliza funciones con compliance o integridad.
  • Si es un órgano colegiado, datos de todos los miembros y persona delegada para la gestión del SII.
Sobre la entidad:
  • Dirección, NIF, correo corporativo.
  • Número de trabajadores.
  • URL corporativa y del canal interno de información.
  • CNAE-2025.
  • Ámbito territorial de actividad.
  • Si es entidad de control.
  • Si está afectada por los actos de la UE del art. 10.1.b de la Ley 2/2023.
  • Si es partido político, sindicato, organización empresarial o fundación, y si gestiona fondos públicos.

El acceso al formulario requiere el uso de certificado digital, ya que es necesario para firmar la solicitud y, como quiera que dicho formulario no permite guardar la información para seguir cumplimentándola posteriormente, conviene tener preparada toda la documentación e información antes de iniciar el proceso.

3. Documentación obligatoria

  • Documento que acredite la representación de la entidad
  • Acuerdo de nombramiento o cese, adoptado por el órgano de administración.
  • En caso de órganos colegiados, composición detallada.
  • Si el cargo deriva de un puesto interno, acuerdo que lo acredite.

La comunicación del cese del responsable del SII debe, en todo caso, justificarse de forma expresa.

4. Recursos publicados por la AIPI

Con el fin de facilitar la correcta cumplimentación del formulario, la AIPI ha puesto a disposición de las entidades obligadas la siguiente documentación de apoyo:

  • Manual Práctico para la cumplimentación del formulario.
  • Guía sobre notificación del Responsable Interno de Información
  • Preguntas Frecuentes (FAQ)

Todos estos materiales incluyen la dirección de soporte para incidencias: incidenciasformulario@proteccioninformante.es

5. A tener en cuenta

En la medida en que la Ley de Protección de Informantes califica como infracción el incumplimiento de la obligación de notificar a las autoridades competentes el nombramiento y el cese de los responsables del sistema interno de información, es importante realizar en plazo las correspondientes notificaciones.

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